Preguntas frecuentes
Estas son las dudas más habituales
¿Qué plazo tengo para entregar el parte de accidentes a mi aseguradora?
Siete días, aunque si tarda algo más tampoco suele ser un problema especialmente grave.
¿Qué plazo tengo para reclamar la indemnización por accidente de tráfico?
El plazo máximo para reclamar la indemnización será de 1 año a contar desde la fecha en la que se ha producido el accidente. Aunque siempre recomendamos no esperar al final ya que hay que hacer una reclamación inicial que servirá además para interrumpir los plazos.
¿Me pueden cobrar a mí la factura del hospital por acudir a los servicios de Urgencias?
No, siempre y cuando rellene el impreso que le dará el hospital con los datos de las aseguradoras intervinientes.
¿Cuánto tengo que esperar para cobrar la indemnización por mi accidente de tráfico?
Dependerá de varios factores, pero es evidente que hasta que no se haya acabado el proceso de curación no se puede cuantificar la indemnización.
¿Qué pasa si el conductor del vehículo responsable de mi accidente dio positivo en alcoholemia o test de drogas?
En estos casos, dependiendo de la tasa habrá un proceso penal por un delito contra la seguridad del tráfico, pero la tramitación de tu indemnización tiene que seguir el mismo curso y la compañía contraria tendrá que pagarle igualmente.
¿Qué es el atestado?
El atestado es un documento que elabora la policía o guardia civil y dónde hace constar el conjunto de diligencias vinculadas al accidente.
Este documento es parte de la prueba de su accidente y es fundamental aportarlo cuanto antes a su compañía aseguradora o bien a su abogado.
Deberá solicitarlo directamente a través de los mismos agentes o bien a través del Ayuntamiento correspondiente al lugar donde ocurrió el siniestro.
¿Y si el conductor del vehículo culpable no tenía el seguro obligatorio en vigor?
En este caso tampoco tiene que preocuparse, la indemnización le será satisfecha por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.
Si la culpa del accidente es del conductor del vehículo en el que yo viajaba, ¿Tengo derecho a cobrar la indemnización como ocupante?
Sí, tiene derecho a cobrar la indemnización igualmente, pero el seguro del conductor culpable del siniestro no le pondrá a su disposición un abogado para que reclame.
Algunas pólizas de seguro le cubrirá los gastos de abogado sólo al tomador de la póliza, conductor y ocupantes que tengan alguna relación familiar con el tomador asegurado, por ello, el resto de ocupantes no tendrán cobertura de defensa jurídica (en todo caso siempre habrá que analizar los detalles de la contratación de la póliza), un abogado especialista en accidentes de tráfico le ayudará a hacerlo.
Y en ese caso, ¿perjudico de alguna manera al conductor?
No, ya que como con la nueva ley se reclama por vía civil no cabe imposición de multas o retiradas de carnet. Lo único que le pasará a su conductor no depende de que usted reclame o no, ya que en cualquiera de los casos su aseguradora le subirá el importe de la prima de seguro.
¿Puedo negarme a que me vea el perito de la compañía contraria?
Con la nueva normativa, usted ha de dejarse visitar por el perito contrario.
¿Estoy obligado a contar con los servicios del abogado que me asigne mi aseguradora o puedo elegir yo el abogado que quiera?
Puedes elegir en cualquier momento el abogado que desees, sin quedar obligado a mantener el que te pone la compañía aseguradora, con el que muchas veces no interactuarás.
Además, todos los honorarios del abogado que tu hayas elegido o una parte de los mismos, le serán abonados por tu propia compañía de seguros, siempre que sea tomador o asegurado de la póliza y no supere el límite de cobertura de Defensa Jurídica y “libre designación de abogado”, establecido en su contrato de seguro.
El perito del seguro contrario me ha hecho firmar un papel, ¿qué es?
Es lo que se conoce como consentimiento informado.
Es una autorización del accidentado para que el perito pueda consultar su historial médico, tanto el relativo al accidente de tráfico como a cualquier antecedente previo que usted pudiera tener y que justifique las lesiones. Además, le harán firmar un documento para que sus datos pasen a formar parte de un fichero que compartirán todas las aseguradoras, en principio para prevenir el fraude. Este último documento puede usted negarse a firmarlo.
Si sufro un accidente en horario laboral o in itinere, ¿he de hacer la rehabilitación en la mutua de accidentes laborales?
No necesariamente. Puede usted escoger entre acudir a un centro concertado de tráfico o ir a la mutua, con independencia de que los servicios médicos de esta supervisen el periodo de baja.
¿Qué es un siniestro total en el vehículo?
Es cuando lo que cuesta reparar el vehículo es una cantidad superior al valor del mismo (al valor venal o valor de mercado), el que nos costaría encontrar un vehículo de similares características y antigüedad.
Si la compañía propia te considera responsable del accidente y decide no hacer ninguna reclamación, ¿qué tendría que hacer?
En estos casos siempre tendrás que contratar un abogado particular que tendrá que hacer una valoración de las posibilidades y tramitar esta reclamación. Tienes que vigilar que realmente sea posible conseguir un reconocimiento de tus derechos pues en caso de perder la reclamación te podrían imponer los gastos del proceso y tu compañía no necesariamente se querrá hacer cargo si consideraba que la reclamación era inviable.
¿Estoy obligado a aceptar el siniestro total?
Sólo si la culpa del accidente es suya y tiene el coche a todo riesgo. Si la culpa es de un tercero, puede usted proceder a la reparación si cumple una doble condición: que el importe de la reparación no supere el triple del valor del coche, y que anticipe usted el importe de la factura.
¿Cuánto cobra un abogado privado?
Tradicionalmente los abogados le cobrarán un porcentaje sobre su indemnización (este puede ser desde el 10% al 25%), dependerá de cada abogado.
Con la nueva ley algún despacho está pidiendo una pequeña provisión de fondos, como anticipo al procedimiento.
He oído que ese dinero me lo devuelve mi seguro.
Si usted está cubierto por la aseguradora del vehículo en el que viajaba, esta le devolverá todo o una parte de la cantidad que usted se gaste en un abogado privado, por la garantía de Defensa Jurídica y Libre designación de abogado hasta la cantidad máxima cubierta por la compañía.
¿Cómo se calcula la indemnización por accidente de tráfico?
En base al conocido como baremo de tráfico, que se compone de unas tablas que indican qué cantidades se han de cobrar por diferentes conceptos: días de sanidad, secuelas, gastos, perjuicios, etc.
¿Me sale a cuenta contratar un abogado privado para reclamar la indemnización?
Sin duda, ya que no sólo le guiará en todo su procedimiento, sino que le asesorará y resolverá todas sus dudas y aunque nunca podrá garantizarle el éxito pondrá a su disposición todos los medios necesarios para defender su caso.
Le aconsejamos que sea un abogado especializado en accidentes de tráfico, ya que al ser especialista en este campo dispondrá de más conocimientos y medios para obtener un mejor resultado y por ende una mejor indemnización.
¿Tengo derecho a cobrar indemnización, aunque no haya dejado de trabajar, o no tenga trabajo?
Por supuesto. La ley dice que puede usted cobrará por cada día que tarde en curar (con independencia de que trabaje o no). Por lo tanto, siempre tendrá derecho a cobrar una indemnización.
Si el atestado me da la culpa del accidente de circulación, ¿tengo derecho a reclamar?
Aquí deberíamos distinguir entre daños materiales y lesiones. Reclamar los daños de mi coche con un atestado en contra es misión imposible salvo que contrate un reconstructor de accidentes. En cambio, para reclamar por lesiones no estoy obligado a demostrar que la culpa es del contrario, sino que será éste el que deberá acreditar que la culpa del siniestro es exclusivamente mía para no abonarme mi indemnización. Habría que analizar caso por caso.
¿Puedo pedir que mis lesiones sean valoradas por un médico forense, que es además gratis?
Es cierto que la nueva ley permite acudir al instituto de medicina legal en caso de que no estemos de acuerdo con la valoración del perito médico del seguro, pero este trámite por un lado implica estar bien asesorado. Con la regulación actual dicho peritaje será pagado por la aseguradora responsable.
¿Puedo gestionarme yo directamente la reclamación de la indemnización?
Por supuesto que sí, pero lo más aconsejable siempre es que al menos lo consulte con un abogado especializado en accidentes de tráfico y valore lo antes posible para que no afecte a la valoración de sus daños y perjuicios sufridos como consecuencia del accidente, debido a su falta de experiencia o desconocimiento de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, en la cual se basará la compañía aseguradora a la hora de tasar sus daños y perjuicios.
¿Si he tenido un accidente estoy obligado a hacer la rehabilitación en el centro que decida la compañía de seguros?
No, usted podrá elegir libremente un centro, pero lo que le recomendamos siempre es que elija uno concertado por Convenio Unespa, ya que usted no tendrá ningún coste adicional.
¿Qué pasa si el implicado en un siniestro es un peatón?
Si un peatón ha sido víctima de un atropello o ha sido implicado en un accidente donde se produzcan daños personales, lesiones o perjuicios, puede tener derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
El valor de ésta variará en función de si la responsabilidad es exclusivamente del conductor del vehículo o si es compartida entre el conductor y el peatón.
Es importante tener o pedir el atestado, donde constará la descripción de los hechos.
En el caso de un siniestro en que intervenga una bicicleta o un vehículo de movilidad personal, el peatón tiene igualmente derecho a ser indemnizado.
A pesar de que los ciclistas y los usuarios de los vehículos de movilidad personal no tienen la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil, puede ser que esta sea cubierta por los seguros del hogar o los seguros de vida.
En todo caso, hay que ponerse en contacto con la aseguradora.
Le recomendamos que en ese caso contacte además con un abogado especialista para que pueda estudiar su caso.
¿Puedo reclamar una indemnización por un accidente de patinete?
Si ha sufrido un accidente o atropello mientras conducía un patinete eléctrico y no es usted el responsable, tendrá derecho a ser indemnizado por todos aquellos daños que le hayan causado directamente el accidente, ya sean personales o materiales.
En el caso de ser usted el responsable directo del siniestro, no podría reclamarse indemnización alguna.
En ocasiones la culpa no está clara y puede llegar a determinarse que existe una concurrencia de culpas. Es decir, que tanto el conductor del patinete como el del otro vehículo comparten la responsabilidad.
Si sufro un atropello cruzando el paso de peatones con mi patinete eléctrico, ¿tengo derecho a una indemnización?
No se permite la circulación de los VMP (vehículo de movilidad personal), por las aceras y, por lo tanto, tampoco cruzar por pasos de peatones y de ser así dependerá que la responsabilidad sea compartida o la culpa sea exclusiva del vehículo implicado en el siniestro.
¿Cuánto voy a tardar en cobrar una indemnización por accidente en patinete eléctrico?
Siempre va a depender de la predisposición de la compañía aseguradora para llegar a un acuerdo amistoso.
No debes formalizar la reclamación por todos los perjuicios hasta que haya terminado de curar sus lesiones, es decir, hasta el alta médica definitiva puesto que hasta ese momento no podrá ser valorado el total de los daños y perjuicios sufridos.
¿Qué datos tengo que facilitar a mi compañía o abogado particular tras sufrir un accidente de patinete?
Te recomendamos siempre que llames a la autoridad competente (policía o guardia civil), en el momento del accidente, explique a los agentes su versión de los hechos, ya que el atestado policial será muy importante para determinar la culpabilidad o bien rellenar un parte amistoso donde consten:
- En el caso de realizar una declaración amistosa de accidente, haga constar su versión de los hechos y la firma de los implicados (Muy importante).
- Los datos de los demás involucrados en el accidente, como matrícula del vehículo implicado y conductor.
- El nombre de la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente.
- Tomar fotografías del lugar del accidente, así como de los daños sufridos.
- Si hay testigos que apoyen su versión, recoja los datos de los mismos (nombre completo, DNI y dirección)
- Además, si a consecuencia del accidente ha sufrido lesiones, es importante acudir al servicio de Urgencias lo antes posible.